SANTO DOMINGO.- La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó la extinción de la acción penal en contra de José Ángel Gómez Canaán (Jochy), quien estaba acusado de robo de identidad y hackeo a cuentas electrónicas de por lo menos 44 usuarios privados, entre ellos empresarios, funcionarios y otras personalidades. El tribunal también dispuso el archivo del expediente.
La decisión fue adoptada por los jueces Ramón Horacio González Pérez, presidente, Pedro Sánchez Rivera, Luis Omar Jiménez y Ramona Rodríguez López.
El tribunal desestimó un recurso de apelación en contra del Auto de No Ha Lugar favor del hijo del periodista Guillermo Gómez, incoado por el abogado del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Blas Minaya Nolasco.
Planteó "que esta Corte entiende procedente no referirse al recurso del Ministerio Público, al ser declarado su recurso de apelación inadmisible y no haber recurrido en casación por lo que en este aspecto el recurso adquirió la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, por ente no es parte del proceso en esta instancia".
Considera que pudo comprobar que con relación a las víctimas enunciadas en la acusación, el Ministerio Público no contaba con la autorización para continuar la acción, puesto que en cumplimiento de la norma al interpelarles al respecto, los mismos hicieron caso omiso, pese a contar con un plazo para contestar su interés de seguir.
Observa que restando únicamente como supuesta víctima el PLD, cuestionada su calidad, la juzgadora estaba en la obligación de examinarla, y al hacerlo "no contaba con el aporte de ningún elemento probatorio capaz de permitir su examen".
Argumenta que ante el desistimiento comprobado de las alegadas víctimas y la falta de calidad del PLD, procede al efecto la extinción de la acción penal.
Los jueces acogieron una petición de la defensa del imputado, integrada por los abogados Carlos Balcácer y Carlos Olivares.
En su recurso, el abogado del PLD, Blas Minaya, sostuvo que esa organización cumplió con los procedimientos. Pero observó en el proceso no se conoció el fondo del asunto, sino que se trató de un incidente de inadmisión, lo que no significa que Gómez no sea responsable de los hechos.
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