28 febrero 2014

¿Debe el ayuntamiento realizar los carnavales?

Por: Lic. Pedro N. Guzmán.

En santo Domingo Oeste, se desarrollan cada año cuatro carnavales, este año 2014 se celebrarán según el siguiente calendario: domingo 27 de febrero, Carnaval de Herrera, en la avenida Isabel Aguiar del sector de Herrera, domingo 16 de marzo, Carnaval Manoguayabo en la avenida los beisbolistas de Manoguayabo, el domingo 23 de marzo, Carnaval Hato Nuevo, en la avenida principal de Hato Nuevo y domingo 30 de marzo carnaval municipal en la avenida Las Palmas de Herrera. 

Cada uno de estos carnavales posee una identidad y una historia que no debe ser ignorada ni tampoco menospreciada. Por ejemplo, el carnaval de herrera llega a su treintava edición, Manoguayabo cumplirá once años de tradición y el joven Hato Nuevo su segundo año. Todos estos años de entrega, sacrificio y lucha al servicio de la noble causa de darle a nuestras comunidades eventos folclóricos, culturales que traen alegría, diversión y llenan de orgullo a nuestra gente al tiempo que sirven como excelentes herramientas para promover nacional e internacionalmente el nombre de nuestro municipio.

Los ayuntamientos son según los define la ley 176-07, en su Art.2 El ayuntamiento constituye la entidad política administrativa básica del Estado dominicano, que se encuentra asentada en un territorio determinado que le es propio. Como tal es una persona jurídica descentralizada, que goza de autonomía política, fiscal, administrativa y funcional, gestora de los intereses propios de la colectividad local, con patrimonio propio y con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que fueren necesarios y útiles para garantizar el desarrollo sostenible de sus habitantes y el cumplimiento de sus fines en la forma y con las condiciones que la Constitución y las leyes lo determinen.

Entre las competencias específicas de los ayuntamientos se encuentra la promoción de la cultura, el deporte y de la recreación estas competencias no deben ser interpretadas jamás como que el ayuntamiento deba ser la única entidad que trabaje y realice cultura y/o deportes sino más bien, como que el ayuntamiento debe fomentar estas actividades mediante el apoyo real y suficiente a las organizaciones y personas que gestan la cultura en nuestro municipio. Los carnavales son fiestas públicas y populares no existen reglas para la expresión popular, es una obra donde se permite satirizar cualquier persona, institución o echo contemporáneo o histórico en los mismos se pone de relieve el talento, ingenio y creatividad del pueblo.

La constitución de la republica dominicana en su artículo 47 confiere a los ciudadanos el derecho a la libre asociación, los diferentes comités que organizan los carnavales del municipio son asociaciones de personas sin fines de lucro que organizan grandes eventos para la comunidad por lo que entiendo que deben estar amparados por el Artículo 228. De la referida ley 176-07, Registro Municipal de Organizaciones sin Fines de Lucro. Cada municipio contará con un registro actualizado de organizaciones sin fines de lucro en el cual se dejará constancia, entre otros datos, del nombre de la organización, la naturaleza, el domicilio, los nombres y direcciones de las y los directivos, día, hora y lugar en que se reúnen, cantidad de miembros, fecha de su fundación y ayudas recibidas del ayuntamiento.


Entendemos que los ayuntamientos deban realizar las funciones de órgano rector y fiscalizador de los carnavales en coordinación con el ministerio de cultura, tal como el IDECOOP fiscaliza a las cooperativas, la superintendencia de Bancos  a los Bancos, el Ministerio de educación superior a la educación superior, etc. los comités organizadores de los carnavales deben organizar y montar sus eventos. Se debe crear mediante resolución de la sala capitular  la comisión permanente de los carnavales del municipio santo domingo oeste en la que participen representantes de cada uno de los carnavales y del ayuntamiento, que se definan las funciones, el alcance y los objetivos de esta comisión de manera participativa y democrática, que se elabore un reglamento para esta comisión que rija la vida interna de la comisión así como sus relaciones internas y externas.


Debemos trabajar con mayor transparencia, con cuentas claras; tanto los organizadores de los carnavales como el ayuntamiento mismo. Por su lado los gestores culturales, presentando presupuestos y ejecución de ingresos y gastos y el ayuntamiento por el suyo, presentando a principio de año su presupuesto para el apoyo de las actividades de carnaval

0 comentarios:

Publicar un comentario